La decisión de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza de establecer en $807 millones la indemnización a un exvendedor de Manaos generó un fuerte impacto en el ámbito empresarial y reavivó el debate sobre los criterios de actualización en el fuero laboral.

El empresario Orlando Canido, fundador de Refres Now SA firma que produce la gaseosa Manaos cuestionó públicamente el fallo y sostuvo que no comprende cómo se arribó a esa cifra. “No sé qué cuenta hacen para llegar a esos números”, expresó, al referirse al cálculo judicial.
De $1.463 millones a $807 millones
El caso se originó en la demanda presentada por un exvendedor que trabajó para la empresa entre 2013 y 2022 como distribuidor en Mendoza, San Juan y La Pampa. El trabajador denunció despido sin causa, relación laboral encubierta, irregularidades en la registración, descuentos indebidos y maniobras de evasión previsional.
En primera instancia, la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael había fijado una condena superior a $1.463 millones. Tras la apelación de la empresa, el máximo tribunal provincial revisó la sentencia y redujo el monto a $807 millones, aunque confirmó la responsabilidad por despido y por la existencia de irregularidades laborales.
La modificación central estuvo en el cálculo de los intereses. La Corte dispuso aplicar la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación en lugar de la fórmula utilizada inicialmente. Aun así, el monto final —calculado a valores de abril de 2025— continúa generando intereses hasta el efectivo pago.
La postura del empresario
Tras conocerse la resolución, Canido calificó la sentencia como “insólita” y “absolutamente fuera de contexto”. Señaló que el trabajador había desempeñado funciones durante seis o siete años y puso en duda que sus ingresos justificaran una indemnización de tal magnitud.
“Había trabajado unos seis o siete años para mí, no sé cuánto podía ganar como vendedor, no sé qué cuenta hacen para llegar a esas cifras”, afirmó. También indicó que el caso se encuentra ahora en manos de un estudio jurídico que evaluará los próximos pasos legales.
El empresario sostuvo que respeta los derechos de los trabajadores, pero consideró que el esquema indemnizatorio vigente debería revisarse. En declaraciones anteriores, había señalado que situaciones como esta generan incertidumbre para el sector privado y desincentivan la generación de empleo formal.
Un caso que reaviva el debate laboral
El fallo se conoció en un contexto de discusión parlamentaria sobre la modernización laboral. Sectores empresariales vienen planteando la necesidad de establecer parámetros más claros y previsibles para el cálculo de indemnizaciones y la aplicación de intereses, a fin de reducir la discrecionalidad judicial.
La condena original equivalía aproximadamente a un millón de dólares al tipo de cambio de ese momento. Tras la revisión, la suma quedó en poco más de medio millón de dólares, aunque el impacto sigue siendo significativo.
Desde el ámbito judicial se sostuvo que la relación laboral irregular quedó acreditada y que correspondía una reparación acorde a la duración del vínculo y a las circunstancias del despido. La Corte mantuvo firme ese criterio, aunque consideró necesario ajustar el cálculo financiero.
Antecedentes y contexto empresarial
En distintas entrevistas, Canido ha señalado las dificultades que enfrentan las empresas en la Argentina. Recordó que cuando inició su actividad había más de 40 fábricas de gaseosas en el país y que actualmente quedan apenas seis.
En ese marco, mencionó el juicio en Mendoza como ejemplo de lo que, a su entender, constituye un riesgo elevado para las compañías. Según expresó en un podcast empresarial, existen casos en los que trabajadores inician acciones judiciales que derivan en condenas de gran magnitud económica.
Los fundamentos del fallo
El tribunal provincial consideró acreditado que el vínculo laboral comenzó en octubre de 2013 y que durante un período no estuvo correctamente registrado. Además, tuvo por probado el despido sin causa.
No obstante, al revisar la sentencia de primera instancia, la Suprema Corte mendocina ajustó la tasa de interés aplicada y tuvo en cuenta el perfil económico del trabajador para recalcular el monto final. También ordenó que la empresa abone la suma dentro del plazo fijado judicialmente.
El caso continúa abierto en términos procesales, ya que la empresa analiza las alternativas disponibles. Mientras tanto, la sentencia ya forma parte de un debate más amplio sobre el régimen laboral argentino, el alcance de las indemnizaciones y el impacto económico que pueden tener este tipo de condenas en el sector productivo.



