
El Gobierno nacional decidió poner fin al Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) y avanzar en la creación de dos nuevas obras sociales separadas, destinadas a garantizar la cobertura de salud del personal militar y de las fuerzas federales de seguridad.
La medida fue oficializada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 88/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial. A través de esta norma, se ordenó la disolución y posterior liquidación del IOSFA, al tiempo que se estableció un nuevo esquema de atención sanitaria.
En este contexto, se creó la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), que funcionará como un organismo autárquico bajo la órbita del Ministerio de Defensa. La entidad contará con personería jurídica propia y tendrá facultades para actuar tanto en el ámbito del derecho público como privado, desarrollando sus actividades en todo el territorio nacional y bajo la supervisión de dicha cartera.
Asimismo, el decreto dio origen a la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), que dependerá del Ministerio de Seguridad Nacional. Esta nueva obra social brindará cobertura al personal de la Gendarmería Nacional Argentina y de la Prefectura Naval Argentina, tendrá carácter autárquico y será administrada por un directorio compuesto por cinco integrantes.
La normativa dispuso el inicio inmediato del proceso de liquidación del IOSFA, el cual será conducido por un administrador designado por el Ministerio de Defensa. Dicho proceso contempla la transferencia completa de los bienes y del personal a las nuevas obras sociales. En el caso del personal de Gendarmería y Prefectura que se desempeñaba en el IOSFA, se estableció su retorno a las fuerzas de origen.
Además, se fijó un período de transición de hasta 365 días, durante el cual se asegurará la continuidad de la atención médica para todos los afiliados. En situaciones en las que existan tratamientos que no puedan interrumpirse, el IOSFA continuará prestando el servicio hasta que se concrete el traspaso definitivo, sin que ello genere nuevos derechos afiliatorios.
El decreto también estableció los plazos para la migración de afiliados: el Ministerio de Defensa deberá completar el traspaso en un plazo máximo de 60 días, mientras que el Ministerio de Seguridad Nacional tendrá hasta 180 días para finalizar el proceso. Una vez cumplidas estas instancias, ambos ministerios dejarán de realizar aportes al IOSFA.
Por último, la medida será remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación para su análisis, tal como lo establece la Ley 26.122, y comenzó a regir desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial.
Según la información oficial, la decisión se tomó debido al sostenido desequilibrio financiero del IOSFA, provocado por el aumento constante de los costos de las prestaciones médicas y los medicamentos, sumado a la diversidad y dispersión geográfica de su padrón de afiliados. El Gobierno advirtió que esta situación comprometía la viabilidad del sistema y la continuidad de la cobertura sanitaria.



